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El caso más importante del continente lo ganaron indígenas wichí y qom en Salta

(19/10/20 - Pueblos Originarios)-.El caso Lakha Honhat (nuestra tierra en wichi) es un histórico reclamo por 400 mil hectáreas en el chaco salteño que 132 comunidades originarias ganaron en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) obliga al Estado argentino a materializar derechos de los pueblos indígenas (PPII).

En el caso Lakha Honhat la Corte Interamericana de Derechos Humanos le dio la razón a 132 comunidades originarias que reclamaban 400 mil hectáreas en el chaco salteño.

Julio García, especialista en derecho indígena, resumió uno
de los fallos más trascendentes sobre el tema.

"Por primera vez se condena a nuestro país por la violación de derechos de los PPII. El pasado 6 de febrero y después de varios decenios la CoIDH, dictó un fallo favorable en materia de derechos territoriales que el Estado debe efectivizar en cabeza de las comunidades demandantes, en un territorio, único, indivisible e intransferible, escriturado y libre de pobladores no indígenas", detalló Julio García al explicar el caso más importante de todo el continente americano.

Agregó que la sentencia contiene una interpretación del artículo 26 de la Convención Americana referida a Derechos Ambientales a favor de los PPII que es "muy innovador," porque está "íntimamente interrelacionada con el derecho al agua, a la alimentación y atravesado por la interculturalidad, así lo expresa de manera amplia y razonable el fallo".

El fallo internacional tiene plazos "un máximo de seis años", subrayó el abogado quien además recordó la legislación a la que Argentina está sometida en cuanto a Tratados, Convenciones Internacionales de Derechos Humanos con Jerarquía Constitucional (Art. 75 inciso 22) ; Convención Americana de Derechos Humanos, Pactos Internacionales de Derechos Civiles entre otros, o la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio.

También la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial y supralegales como el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y la cláusula específica contenida en la Constitución Nacional Art. 75 inciso 17, o las Declaraciones sobre Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas y Americana.

Por otra parte el especialista en derecho indígena remarcó el trabajo universitario que se realiza desde la Cátedra Libre de Derecho Indígena "Ricardo Altabe" en la Universidad del Nordeste (UNNE).

"En la Facultad de Derecho con dirigentes, miembros de pueblos indígenas del NEA, cada vez más profesionalizados, logramos una serie de capacitaciones en todo el territorio, con el apoyo del Centro de Estudios Judiciales y con el Gobierno del Chaco en el 2012 realizamos el Segundo Congreso Internacional de Derecho Constitucional Indígena con miles de asistentes y panelistas", comentó.

García agregó que realizaron publicaciones sobre el congreso propiamente dicho pero también sobre Pueblos Indígenas, Derechos Humanos y Género con "con autores locales y el prólogo de la ministra de Mujeres y Género Elizabeth Gómez Alcorta, la actuación de las distintas agencias judiciales y estatales en crímenes de Mujeres Indígenas".

También contó sobre la profundización en Educación Bilingüe e Intercultural que se desarrolla en la provincia del Chaco a la que definió como "una tarea espectacular", con la creación de una Junta de Clasificación Bilingüe e Intercultural y, la creación del Comité de Prevención de la Tortura y Penas Crueles, que cuenta como vicepresidente al dirigente qom Egidio García.

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