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Seis genocidas a juicio por la causa ABO 4

(09/10/19 - Lesa Humanidad)-.El juez Daniel Rafecas cerró la etapa de instrucción de la cuarta parte de la causa que investiga delitos de lesa humanidad cometidos en el circuito represivo Atlético-Banco-Olimpo. 

Todos los acusados tienen prisión preventiva, cuatro de los seis con el beneficio de la domiciliaria.  

Los acusados
José Ahmed: ex subcomisario de la Policía Federal Argentina. Con domiciliaria. “Fue procesado por considerarlo partícipe necesario prima facie responsable del delito de homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, reiterada en veinte (20) oportunidades; en concurso real con el delito de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometida por funcionario público, mediando violencia o amenazas, reiterada en trescientas ochenta (382) oportunidades, de las cuales ciento setenta y uno (171) de ellas se encuentran a su vez agravadas por haber durado más de un mes; en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos, agravados por haber sido infligidos por un funcionario público a un preso que guarde, reiterados en las trescientas ochenta (382) ocasiones, en carácter de coautor”, afirma el escrito de elevación a juicio.

Carlos Alberto Infantino: ex oficial principal de la PFA. Con domiciliaria. “Habría actuado bajo el apodo de ´Patán´, fue procesado por considerarlo partícipe necesario prima facie responsable del delito de homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas que tuviera como víctima a Julio Eduardo Gushiken Kishimoto; en concurso real con el delito de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometida por funcionario público, mediando violencia o amenazas, reiterada en trescientas seis (308) oportunidades , de las cuales ciento treinta y cuatro (134) de ellas se encuentran a su vez agravadas por haber durado más de un mes; en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos, agravados por haber sido infligidos por un funcionario público a un preso que guarde, reiterados en las trescientas seis (308) oportunidades ocasiones, en carácter de coautor; en concurso real con el delito de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometida por funcionario público, mediando violencia o amenazas, que tuvieran como víctimas a Victoria Vallejos, Sebastián Vallejos y Miguel Ángel Leguizamón, en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos, agravados por haber sido infligidos por un funcionario público a un preso que guarde en relación a los hechos que tuvieran como víctimas a Sebastián Vallejos y Miguel Ángel Leguizamón, en carácter de autor mediato”.

Hugo Luis Medina: ex comandante de Gendarmería. Con domiciliaria. Considerado “partícipe necesario prima facie responsable del delito de homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, reiterada en diecinueve (19) oportunidades; en concurso real con el delito de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometida por funcionario público, mediando violencia o amenazas, reiterada en ciento treinta (130) oportunidades, de las cuales noventa y dos (92) de ellas se encuentran a su vez agravadas por haber durado más de un mes; en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos, agravados por haber sido infligidos por un funcionario público a un preso que guarde, reiterados en las ciento treinta (130) ocasiones”.

Sergio Raúl Nazario: primer alférez de Gendarmería. Con domiciliaria.

Miguel Pablo Lugo: ex gendarme del Destacamento Móvil de Campo de Mayo. Detenido en Campo de Mayo.

Miguel Víctor Pepe: sargento de Gendarmería Nacional Argentina. Detenido en la Agrupación Buenos Aires de Gendarmería Nacional.

Los tres “fueron procesados con prisión preventiva por considerarlos partícipes necesarios prima facie responsable del delito de homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, reiterada en diecinueve (19) oportunidades; en concurso real con el delito de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometida por funcionario público, mediando violencia o amenazas, reiterada en ciento treinta (130) oportunidades, de las cuales noventa y dos (92) de ellas se encuentran a su vez agravadas por haber durado más de un mes; en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos, agravados por haber sido infligidos por un funcionario público a un preso que guarde, reiterados en las ciento treinta (130) ocasiones, en carácter de coautores”.

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