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''Apuntes sobre el facismo y los chicos que toman escuelas''

(28/09/22 - Opinión, Por Graciana Peñafort)-.Para iniciar debo señalar que para que prsosperen las denunincias penales contra los padres de los chicos, debe haber un delito tipificado. Y la verdad que un chico tome una escuela no esta tipificado ni mucho menos.

Menos aun ser padre de un chico que toma una escuela. tipificdo significa una conducta descripta por el codigo penal. Por ejemplo el delito de homicidio esta tipificadp- descripto-como "el que matare a otro"...si el otro no muere no hay homicidio porque NO se cumple el tipo

Uno de los pricipios cardinales que informa el Derecho Penal es el de" Nullum Crimen Nulla Poena sine praevia Lege" que significa que nulo es el crimen y nula es la pena sin una ley previa. Esto significa que para que haya delito debe haber antes una ley que califique y sancione  una conducta como delito. Y la ley debe ser previa a la conducta que se pretende juzgar. Estoy va de la mano con el principios de legalidad establecido por el art. 19 de la Const Nacional -el articulo mas bello a mi criterio- que expresamente establece que "nadie esta obligado a lo que no manda la ley ni privado de lo que ella no prohibe"

Veran que no hay ley que pemita someter a los padres de los chicos a un proceso penal.

A lo que sumo que el derecho penal prohibe la analogia salvo que sea a favor del acusado.

A lo cual debo añadir que la responsabilidad de los padres por los hechos de los hijos solo abarca la respnsabilidad por los daños materiales, no por los hechos penales. Un padre podria ser responsable economico por los daños que cause su hijo, pero no podria cumplir la sentencia de prision por su hijo. Salvo que pretendamos caer en el absurdo de calificar a los hijos adolescentes como "cosa riesgosa", digamos como ser dueño de un pitbull. Pero los hijos son seres humanos, no un pitbull.

A lo cual añado que la Constitucion prohibe taxativamente imponer a alguien  la obligacion de hacer : por ejemplo que los padres castiguen a sus hijos para que hagan o dejen de hacer algo -tomar escuelas a titulo de ejemplo- De hecho, está prohibido el castigo corporal en cualquiera de sus formas, los malos tratos y cualquier hecho que lesione física o psíquicamente a los niños, niñas o adolescentes.

En conclusion, no veo la forma que sancionen penalmente a los padres por las tomas de escuelas que hagan los chicos, primero porque NO hay ley que admita esa conducta como delito, y segundo porque no hay forma de resposabilizar al padre por los hechos de sus hijos.

Y sobre todo porque no hay forma de obligar a un padre a que prohiba que su hijo haga algo en ejercicio de su libertad y autonomia. En el peor de los casos el padre debera ser solidariamente responsable de los daños materiales que cause el pibe, pero eso ya es materia de responsabilidad civil y no penal...

Explico esto porque a las salidas facistas del gobierno de Larreta hay que ponerle mas cabeza y menos indignacion y recordar siempre que un facista no es mas que un burgues asustado.


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