(16/08/23 - Law Fare/Mafia Judicial)-.El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi ordenó avanzar con el análisis de la información extraída de una computadora y de dos teléfonos celulares secuestrados en la casa del expolicía Jorge Bacigalupo (foto), acusado de manipular los anotadores atribuidos al exchofer del ministerio de Planificación Federal Oscar Centeno que dieron origen a la denominada "Causa de los Cuadernos".
El magistrado ordenó también analizar las llamadas entrantes y salientes de los teléfonos celulares del imputado en un extenso período de tiempo y reclamó que se le informe si del análisis de los dispositivos surge que hubo información que fue borrada o adulterada, según indicaron a Télam fuentes judiciales.
Las medidas fueron ordenadas en la causa por la denuncia del empresario Armando Loson, del Grupo Albanesi, uno de los primeros imputados detenidos en la causa de los cuadernos, que en su momento suscribió un acuerdo de colaboración con la fiscalía de Carlos Stornelli.
La denuncia que dio origen al expediente estaba inspirada en un estudio pericial privado presentado por Loson, en el que se señalaron más de mil enmiendas, correcciones y tachaduras en los textos atribuidos a Centeno.
Un peritaje oficial determinó luego la intervención de Bacigalupo en algunos de los cuadernos atribuidos a Centeno y fue entonces que el juez Martínez de Giorgi dispuso que se abrieran los teléfonos oportunamente secuestrados para buscar elementos que puedan permitir detectar las razones que llevaron al imputado a manipular los textos.
Además de lanzar hoy una serie de medidas de prueba, en otro escrito, Martínez De Giorgi ratificó su competencia para estar a cargo de esta causa, al responder cuestionamientos al respecto hechos desde el Tribunal Oral Federal (TOF) 7, a cargo del futuro juicio de la parte principal del caso, y que le reclamó que no invadiera esa investigación.
En lo referido a la investigación por el hallazgo de tachaduras, sobreescrituras y enmiendas en los cuadernos atribuidos a Centeno, el juez dispuso un estudio pericial "cuyo análisis versará con los archivos generados, modificados y/o borrados desde el 01/01/2017 al 10/3/2023 inclusive, ya sea de texto, audio y/o video".
También ordenó "determinar todas las llamadas entrantes y salientes que surjan desde los aparatos celulares secuestrados en el domicilio de Jorge José Bacigalupo desde el 01/01/2017 hasta el día 10/03/2023 inclusive, con expresa indicación de los datos de las personas cuyos llamados fueron recibidos y los llamados que realizó".
Además resolvió que se indiquen las celdas donde impactó cada uno de los llamados y luego "realizar un entrecruzamiento de los registros obtenidos" desde el 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2018.
También dispuso establecer si hubo en los dispositivos electrónicos y sistemas de mensajería como SMS, WahtsApp, Telegram o Instagram u otro medio de comunicación electrónica mención a diferentes palabras vinculadas a los escritos de Centeno y puestas en duda como de su autoría.
El juez pidió que se busque las siguientes palabras y datos y que en caso de ser encontrados se precisen en qué fecha y a qué hora se produjo la mención: "Cuadernos, Loson, Armando, Centeno, Albanesi, correcciones, enmiendas, obra pública, gas, gasoil, transporte, gasoducto, Cammesa, energía, dinero, campaña, 2013, 2015, Marcelo, 29 de agosto, 29/08/2013, 29/8/13, Central, Río Cuarto, Enargas, fideicomiso, cesión, Arceo, Planta Sorrento, Taselli, Nación Fideicomiso, Alem 855 e ing. Ferreyra".
En tanto, al responder sobre el llamado de atención que le hizo el TOF 7, que tiene el caso de los cuadernos, el juez Martínez de Giorgi sostuvo: "Dos veces se sometió a discusión la posibilidad para que ambos expedientes tramiten en forma conjunta, y dos veces fue negada".
"El fundamento de tales pronunciamientos -continuó el juez-, radica en que, en ellas, se investigan cuestiones distintas. Lo que denunció Loson, ya fue dicho (las sobreescrituras de los cuadernos). A su vez, lo que es materia de evaluación por parte del Tribunal Oral, es su eventual responsabilidad (la de Loson) en los hechos que se le atribuyen".
Finalmente, sostuvo: "Lo que hace a su culpabilidad o inocencia, y las pruebas que resultan útiles a ese fin, así como el sentido que corresponde atribuirles (se hayan realizado en ese proceso o de forma complementaria), es materia exclusiva de los jueces que intervienen en el trámite de la mencionada causa n° 9608/18", la denominada causa de los Cuadernos.
"Así, no se observa que la preocupación puesta de manifiesto por sus integrantes, o por la representante del Ministerio Público en ese expediente, pudiera tener asidero. Sin perjuicio de lo cual, se toma nota de sus inquietudes", concluyó el juez.
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