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Procesaron a cuatro ex agentes de la DIPPBA San Nicolás por delitos de lesa humanidad

(25/07/19 - Lesa Humanidad)-.El Juzgado Federal N 2 de San Nicolás dictó el procesamiento de cuatro ex agentes de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) y dos miembros del Ejército en un juicio que investiga el secuestro, torturas y muertes de integrantes del PRT-ERP de la región norte. 

En su resolución, el juez valoró la prueba documental del archivo de la DIPPBA, presentada por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) —en calidad de querellante—, que demuestran la participación de los agentes de inteligencia en los grupos de tareas que cometieron estos delitos. Otros cuatro ex integrantes de la dependencia de San Nicolás y un miembro del ejército continúan imputados en la causa.

En noviembre de 1976, una serie de operativos militares en la región de San Nicolás y Pergamino terminaron con el secuestro y detención de varios miembros del Partido Revolucionario del Pueblo—Ejército Revolucionario del Pueblo (PRT—ERP); algunos de ellos, permanecieron un tiempo en cautiverio, otros fueron asesinados y otros permanecen desaparecidos. Esas acciones represivas fueron realizadas por fuerzas conjuntas, bajo el comando el comando operacional del Área Militar 132, con participación de la delegación de San Nicolás de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA).

En total son 12 víctimas y la causa, que se inició en 2011, tenía inicialmente 15 imputados, cuatro de ellos fallecieron durante la instrucción judicial. De las 11 personas que continúan investigadas: ocho pertenecían a la DIPPBA San Nicolás y tres al Ejército. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) es querellante y había pedido el procesamiento y detención de todos los imputados.

Recientemente, el Juzgado Federal N 2 de San Nicolás —a cargo de Carlos Villafuerte Ruzo— decidió procesar sin prisión preventiva a los ex miembros de la DIPPBA—San Nicolás Miguel Ángel Amarillo, Raúl Calabressi, Óscar Parodi y Enabel Cappa por los delitos de privación ilegal de la libertad y homicidios; y procesó con prisión preventiva a los militares Antonio Bossié y Omar Andrada por los delitos de privación ilegal de la libertad, torturas y homicidio. Tanto Bossié como Andrada ya se encuentran detenidos por condenas anteriores.

En su resolución, Villafuerte Ruzo sostuvo que las declaraciones testimoniales –algunas de las cuales ya fueron reconocidas en causas anteriores que fueron elevadas a juicio— que obran el expediente y las pruebas documentales del archivo de la DIPPBA, aportadas por la CPM, permiten constatar la participación directa de estos imputados en los delitos que se le imputan.

El 9 de noviembre, en un operativo conjunto de la DIPPBA—San Nicolás, la Unidad Regional VII y EL Batallón de Ingenieros de Combate 101 de esta ciudad, secuestraron a Carlos Santillán e Irene Ballester, que eran miembros del PRT—ERP y habían ocupado cargos importantes en la estructura del partido. Con la información obtenidos en interrogatorios con torturas, se al día siguiente se realizaron las demás detenciones de los integrantes de la organización en la zona: María Cristina Lanzillotto —compañera de Carlos Santillán— en Pergamino; Carlos Alberto Aranda, Gerardo Carlos Pérez y Leonor Genoveva Pierro en San Nicolás.

Lanzillotto fue secuestrada en su propia casa; el grupo de tareas, integrado por agentes policiales, también secuestró durante el operativo a sus hijos María Lucila y Jorge—de dos y un año de edad respectivamente—. Todos fueron trasladados a la UP N 3 de San Nicolás; los niños fueron liberados 6 días después. En su resolución, el juez federal también destaca que “el matrimonio Santillán y sus hijos no sólo fueron despojados de sus libertades sino también de sus pertenencias más personales, esto es automóviles, muebles, enceres y hasta la propia vivienda donde residían”.

Enabel Cappa, Raúl Calabressi, Mario Marrese, Miguel Ángel Amarillo, Félix Aladro, Julio Carranza, Oscar Parodi y Pedro Díaz eran en ese momento agentes de la DIPPBA, delegación San Nicolás. Todos están imputados por la privación ilegal de la libertad y homicidios de estas víctimas.

Al momento de decidir sobre los procesamientos, el juez Villafuerte Ruzo valoró el legajo de la DIPPBA denominado “San Nicolás-Procedimientos antisubversivo”, que posee un informe detallado por el personal de la DIPPBA—San Nicolás en las detenciones realizadas. Los nombres de los ex agentes de inteligencia Miguel Ángel Amarillo, Raúl Orlando Calabressi y Oscar Alberto Parodi están en la “nómina del personal de esta sección actuante en los hechos que se mencionan”.

El cuarto integrante de la DIPPBA—San Nicolás que fue procesado es Enabel Cappa; el imputado en un escrito presentado al momento de la declaración indagatoria había minimizado su participación. Sin embargo, Villafuerte Ruzo consideró que por su alto cargo, segundo jefe de la dependencia de inteligencia, no podía desacreditarse su responsabilidad en los hechos.

En cuanto a la situación procesal de los imputados Pedro Eduardo Díaz, Mario Antonio Marrese, Julio Ernesto Carranza y Félix Roberto Aladro, el juez federal sostuvo que, en esta instancia, todavía no está probada la participación de los agentes de inteligencia en los operativos represivos que se investigan y decidió dictar la falta de mérito. Esta decisión no implica el sobreseimiento y los cuatro imputados siguen siendo investigados.

En ese sentido, la CPM apelará la falta de mérito por entender que existen pruebas para sostener su responsabilidad. En el legajo “DS” [Delincuentes Subversivos] N 6864, bajo el título “San Nicolás: Desbaratamiento célula extremista del ERP”, consta un memorándum de una autoridad militar que hace llegar al Jefe de la DIPPBA su complacencia por el accionar de la delegación DIPPBA—San Nicolás: “Es deber del suscripto, hacer resaltar ante esa Superioridad, la encomiable labor desarrollada por la dotación completa de esta Delegación, por haber trabajado fuera de horarios, francos de servicio y hasta con recargos de tres días consecutivos, hasta lograr el desbaratamiento casi completo de la célula extremista que actuaba en la jurisdicción”.

Es decir los ex agentes de la DIPPBA imputados en esta causa participaron activamente como parte de los grupos de tarea que realizaron estos operativos militares. Pero no sólo, la intervención en el campo. Los mismos legajos aportados como prueba demuestran toda la acción de inteligencia y espionaje previa que hizo posible la comisión de estos delitos. Hay entre esos documentos, fichas personales de las víctimas, fotografías, filiaciones políticas, un exhaustivo análisis de la situación del PRT—ERP.

“Desde la Comisión venimos impulsando el enjuiciamiento de las acciones de inteligencia como constitutivas de los crímenes de lesa humanidad. Casos como este nos recuerdan la obligación del Estado —asumido en compromisos internacionales— de investigar y sanear de sus instituciones a aquellas personas acusadas de graves violaciones a los derechos humanos”, señaló el director del programa de Fortalecimiento de los juicios de lesa humanidad de la CPM, Federico Schmeigel.

La impunidad judicial durante tantos años le permitió a los perpetradores de estos delitos reciclarse como funcionarios de la democracia. Tal es el caso de Miguel Ángel Amarrillo, que participó en distintas instituciones de la sociedad civil y también se postuló como candidato a concejal por la Alianza Cambiemos en 2017. En abril, el entonces imputado —y ahora procesado— Amarillo había manifestado su intención de participar de la asamblea de mayores contribuyentes del Concejo Deliberante, pero el rechazo público expresado por la CPM y la Mesa de la memoria por la Justicia de San Nicolás hicieron que no se presentara a la sesión.

Por otra parte, sobre la situación procesal de los miembros del Ejército, el juez federal de San Nicolás consideró que se encuentra acreditada la responsabilidad de Federico Bossié y Omar Andrada en los delitos que se investigan. Al momento de producirse los hechos, se desempeñaban como Oficial de Inteligencia y Operaciones del Batallón de Ingenieros de Combate 101 y Área Militar 132 de San Nicolás y de Jefe del Destacamento de Inteligencia 101 con asiento en San Nicolás, respectivamente.

“No podían desconocer las acciones realizadas por las estamentos a su cargo y las reparticiones policiales que de ellos dependían. Tanto Bossié como Andrada, cada uno en su ámbito castrense, tenían la responsabilidad de las tareas de Inteligencia en la lucha antisubversiva en la ciudad y su amplia zona de ejecución. En este sentido, lo informado por la DIPPBA es determinante: ‘del accionar informativo de esta Sección Regional, en conjunto con la fuerzas policiales y militares de esta zona… han comenzado a rendir sus frutos en los últimos dos meses’ en franca referencia a todos los operativos realizados a fines de 1976, que terminaron con el desarticulación definitiva de las organizaciones E.R.P. y Montoneros en la región”, resalta el juez para justificar la decisión para sostener el procesamiento de los dos imputados.

El tercer miembro del Ejército imputado en esta causa, Guillermo Aníbal Piccione, también recibió la falta de mérito. Según Villafuerte Ruzo no hay prueba de su participación en los hechos ni de haber suministrado los medios necesarios para llevar a cabo dichos procedimientos.

Desde hace años, en distintas causas, la CPM viene impulsando la investigación y condena de las acciones de inteligencia en la planificación y ejecución del terrorismo de Estado. La condena de Norberto Apa, jefe del Destacamento de inteligencia 201 de Campo de Mayo en la causa Ana María Martínez y estos procesamientos dictados en la causa Lanzillotto—Santillán son algunos ejemplos del avance de la justicia en el juzgamiento de estos delitos. Hay otra causa emblemática que se está llevando en el juzgado federal de San Isidro: la participación de agentes de la DIPPBA—San Martín en el secuestro y torturas a militantes comunistas; entre los procesados se encuentra el actual Fiscal General de Mar del Plata Fabián Fernández Garello.

“Es inadmisible la permanencia de ex agentes de inteligencia de la dictadura cívico-militar en cargos públicos del Estado de derecho. Más aún cuando esos resabios autoritarios, reciclados en versiones actualizadas de la doctrina de la seguridad nacional, se cristalizan en prácticas ilegales de organismos de inteligencia y las fuerzas de seguridad”, resumen desde el programa de Fortalecimiento de los juicios de lesa humanidad de la CPM.

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