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La justicia procesará a tres jueces jujeños de la dictadura

(19/08/20 - Lesa Humanidad)-.La justicia avanza en el procesamiento de tres magistrados de la dictadura cívico militar por incumplimiento de sus deberes durante el terrorismo de Estado. Se trata de los ex jueces Hugo Mezzena y Néstor Eduardo Meyer y del ex fiscal federal Mariano Wenceslao Cardozo.

El Juzgado Federal n°2 de Jujuy, con el juez Miguel Medina actuando en subrogancia, procesó y ordenó un embargo por un millón de pesos de sus bienes a los ex jueces federales Hugo Mezzena y Néstor Eduardo Meyer y al ex fiscal federal Mariano Wenceslao Cardozo, por considerarlos autores de delitos de lesa humanidad en perjuicio de 88 víctimas durante la última dictadura cívico-militar. El fallo responde al requerimiento formulado por la fiscalía, que había imputado y pedido el llamado a declaración indagatoria de los tres ex magistrados por su actuación en crímenes del terrorismo de Estado.

Los delitos imputados son incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de promover la persecución y represión de los delincuentes, prevaricato, y omisión, retardo o negativa de hacer cesar una detención ilegal o dar cuenta de ella. Además, el juez Medina consideró que tuvieron participación secundaria en privación ilegítima de la libertad, homicidios, torturas, amenazas, allanamiento ilegal y violación de domicilio. Al ex juez Néstor Eduardo Meyer le atribuyó los mismos delitos, salvo la participación secundaria en homicidios.

El procesamiento fue firmado por el juez salteño Miguel Medina, quien actúa en este caso en carácter de subrogante por la excusación de sus colegas jujeños. Medina argumentó que el plan de “lucha contra la subversión” —tal la denominación que dio la dictadura al plan criminal— implicó, por un lado, la represión de la población civil, el secuestro y la tortura, pero por otro lado se valió de la impunidad por parte de los magistrados del Poder Judicial, quienes “exhibieron una disposición negativa a asumir la problemática de los secuestros y asesinatos, realizando las gestiones necesarias para dar con el paradero de las víctimas o esclarecer los hechos”.

En su requisitoria, la fiscalía, representada en este proceso por el fiscal general Carlos Amad, había señalado que los ex magistrados incumplieron con sus deberes de funcionarios públicos, dieron visos de legalidad a las detenciones ilegales, archivaron las denuncias por secuestros, homicidios y torturas, impulsaron causas que tenían como imputados a las víctimas y rechazaron los habeas corpus, que se interpusieron durante esa época en beneficio de las personas que aun hoy permanecen desaparecidas.

Hugo Mezzena fue defensor oficial entre el 14 de agosto de 1975 y el 10 de octubre de 1984, y dentro de ese período se desempeñó como juez federal subrogante entre el 12 de mayo de 1976 y el 10 de enero de 1977. Mariano Wenceslao Cardozo, en tanto, fue procurador fiscal entre el 5 de enero de 1977 y el 8 de marzo de 1985. Y Meyer fue juez federal de Jujuy entre el 16 de octubre de 1974 y el 5 de mayo de 1976. Meyer fue juez federal de Jujuy. Mezzena, quien era defensor oficial, subrogó ese cargo varios meses. Cardozo fue procurador fiscal.

En su resolución, el juez Medina resalta que los ex magistrados fueron parte de un sector del Poder Judicial que cumplió un papel fundamental para que pudiera ejecutarse de manera efectiva el plan clandestino de represión: “En el caso del Poder Judicial en particular, tanto provincial como federal, la falta de disposición para hacerse cargo de la problemática de los secuestros y asesinatos se tradujo en una serie de conductas que la evidenciaban”, se lee en el auto de procesamiento.

Uno de los delitos que destaca en el auto tiene que ver con el comportamiento de los ex magistrados en cuanto a los habeas corpus interpuestos por las personas desaparecidas. El recurso de amparo a libertad individual se volvió ineficaz durante la dictadura debido a que los familiares de quienes estaban privados de libertad tenían dificultades para presentar sus pedidos o no recibían respuesta, o directamente el juez se los rechazaba.

Según indicó el juez Medina, “se advierte que la desprotección en la que quedaron inmersos los perseguidos políticos cumplió una función de prevención general en sentido negativo o intimidatorio, consistente en que la población en su conjunto se sintiera inerme frente a un poder omnímodo que necesitaba, a los fines de ejecutar su política represiva, del convencimiento general de que nada ni nadie podría torcer el curso de los acontecimientos prefijados. Pues bien, esto no habría sido posible sin la colaboración de algunos jueces y fiscales silentes”.

El juez Medina sostuvo que los ex magistrados "exhibieron una disposición negativa a asumir la problemática de los secuestros y asesinatos" durante la época del terrorismo de Estado.

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