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Reiteran un pedido a la Corte para que se habilite al Cuerpo Médico Forense a colaborar en causas por apropiación de niñas y niños

(20/10/20 - Lesa Humanidad)-.La Unidad Especializada para Casos de Apropiación de Niños durante el terrorismo de Estado, a cargo del fiscal general Pablo Parenti, solicitó a la Unidad de Superintendencia de Delitos de Lesa Humanidad de la Corte Suprema que se habilite al Cuerpo Médico Forense (CMF) a colaborar en los procesos penales que tienen ese objeto, en particular en la realización de exhumaciones para la obtención de muestras de las que luego el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) extrae, almacena y analiza información genética.

En el escrito se expresa la “preocupación con relación a los inconvenientes que actualmente se suscitan en torno a la realización de medidas” en causas judiciales en trámite vinculadas al terrorismo de Estado de la última dictadura cívico-militar.

Esta presentación refuerza la ya realizada en junio de 2011. En esta oportunidad se reiteraron los motivos del pedido: en 2010 el Ministerio Público Fiscal había relevado que juzgados de distintas jurisdicciones del país encargaban estudios genéticos al CMF -que en algunos casos los delegaba en otros laboratorios bajo criterios dispares-, cuando la ley 26.548 había erigido al BNDG como el único organismo habilitado para hacerlos. 

Esa circunstancia fue advertida por el Ministerio Público Fiscal, que instó a su rectificación, pero mediante la Resolución 4102/10 el Máximo Tribunal dispuso que no correspondía la intervención en general del CMF en las causas por apropiación de niñas y niños. De esa manera, la resolución de la Corte “fue más allá”, y en lugar de disponer solamente “que el CMF se abstuviera de intervenir puntualmente en el procesamiento y comparación de muestras de ADN -tarea que corresponde exclusivamente al BNDG-”, prohibió todo tipo de intervención, según informó www.fiscales.gob.ar

Procedimientos
El Ministerio Público Fiscal comunicó que el oficio dirigido a la Corte señala que, si bien el Banco Nacional de Datos Genéticos está capacitado y toma muestras de personas vivas, carece de recursos humanos y materiales que le permitan extraerlas de cuerpos ya sin vida; en tanto que el Cuerpo Médico Forense “cuenta con los recursos para la extracción de este último tipo de muestras y está facultado a dar auxilio a los órganos jurisdiccionales de la justicia nacional y federal”.

La solución sugerida por la Unidad para Casos de Apropiación para agilizar las investigaciones es que “se autorice de modo general al CMF a actuar como auxiliar de la justicia en casos de apropiación de niños y se circunscriba su no intervención solo a aquellas acciones que corresponden de manera exclusiva al BNDG”, como son el procesamiento de muestras biológicas para obtener perfiles genéticos, la comparación de perfiles y almacenamiento.

Agravamiento de la situación
“En la actualidad la problemática continúa vigente en términos similares en los cuales fue explicitada en el año 2011. Sin embargo, podemos hablar de un agravamiento de la situación, ya que con el correr de los años se han incrementado sensiblemente los casos de personas fallecidas sobre quienes es necesario obtener muestras para extracción posterior de ADN”, advirtió el fiscal general.

El representante del Ministerio Público Fiscal indicó que “se registran aproximadamente 260 exhumaciones de familiares cuya incorporación es requerida por el Banco Nacional de Datos Genéticos, a las que se suman otra cantidad de jóvenes fallecidos cuya identidad se sospecha y donde se demanda el mismo procedimiento”. 

Y agregó que “estos últimos revisten la singularidad de que en su mayoría fallecieron hace pocos años, por lo cual sus restos aún se encuentran en estado cadavérico y requieren la intervención antes mencionada de profesionales especializados. Esta circunstancia también se extiende a los familiares, quienes con el paso de los años y debido a su avanzada edad murieron en el último tiempo sin recuperar a su ser querido desaparecido/a”.

Parenti recordó que en estas causas se investiga la presunta comisión de delitos -entre otros- de sustracción, retención y ocultación de un menor de 10 años perpetrados durante la última dictadura militar y que siguen en curso, como la Corte sostuvo en el fallo “Prieto”. 

En ese sentido, afirmó que es obligación del Estado Argentino “realizar todas las medidas necesarias a fin de hacerlo cesar”, como así también la investigación y eventual sanción de graves violaciones a los derechos humanos. “Entendemos que remover todo obstáculo que pueda demorar el cumplimiento de estas obligaciones, es también tarea del Poder Judicial y el Ministerio Público en su ámbito de intervención”, completó.

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