(19/07/21 - Lesa humanidad)-.La Cámara Federal de Casación Penal había hecho lugar al planteo del MPF para reenviar el caso al TOF N°2 con el objeto de que dicte un nuevo pronunciamiento respecto a las acusaciones al agente civil de inteligencia de la Fuerza Aérea Enrique Julio Monteverde.
El fiscal general y cotitular de la Unidad de Asistencia para causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado, Pablo Ouviña, expuso ayer ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en una audiencia de reenvío dispuesto por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal para que se revise la absolución de un ex agente civil de inteligencia acusado por delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención “Virrey Cevallos”.
En diciembre del 2018, el tribunal había condenado al ex brigadier Omar Domingo Rubens Graffigna y al ex agente civil de inteligencia de la Fuerza Aérea Jorge Luis Monteverde a 15 y 13 años de prisión, respectivamente, por privaciones ilegales de la libertad agravadas y tormentos agravados. Sin embargo, había dictado la absolución de Enrique Julio Monteverde. En octubre de 2019, los jueces de Casación Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo hicieron lugar al recurso de casación presentado por el Ministerio Público Fiscal y anularon la absolución por considerar que tenía “graves defectos de fundamentación”.
En la audiencia de ayer, la fiscalía señaló que el elemento controvertido sobre el cual deberá haber un nuevo pronunciamiento es la responsabilidad penal de Enrique Julio Monteverde. En este marco, Ouviña indicó que la revisión de la absolución "deberá hacerse sobre la misma plataforma fáctica y a luz de determinadas pautas de interpretación establecidas por la sentencia de Casación, tanto lo que se refiere a la prueba, como a los criterios de atribución de responsabilidad".
En esta misma línea, el fiscal consideró que "se deberá armonizar la valorización de las conductas de Monteverde” como se hizo con las de su hermano Jorge, así como también se deberá valorar adecuadamente el testimonio de la sobreviviente Miriam Lewin “en conjunción con el resto de la prueba”. “Todo ello, deberá hacerse valiéndose adecuadamente de los criterios de atribución de responsabilidad aplicados por este tribunal en el anterior pronunciamiento”, resaltó.
En el fallo de Casación se había analizado la diferencia en el reproche penal que merecían ambos hermanos Monteverde. En la sentencia del tribunal oral, se había dicho que Julio Monteverde “no había recibido una remuneración extra por actividad riesgosa” como sí lo había hecho su hermano condenado. “La dilucidación de la intervención o no del imputado en los delitos aquí investigados y en su caso, la repetida calificación legal a adoptar, no se ve conmovida por un mero criterio administrativo”, había expresado Casación al respecto, lo cual fue recordado hoy por la fiscalía.
Ouviña indicó que la revisión de la absolución "deberá hacerse sobre la misma plataforma fáctica y a luz de determinadas pautas de interpretación establecidas por la sentencia de Casación, tanto lo que se refiere a la prueba, como a los criterios de atribución de responsabilidad".
En ese sentido, el MPF recordó que Monteverde poseía el mismo cargo que su hermano condenado como agente de seguridad y fue calificado por los mismos superiores jerárquicos. Según se detalló, uno de los superiores jerárquicos que calificó a Monteverde también fue señalado por las víctimas en la intervención en dos secuestros y en la liberación de una de las víctimas.
El fiscal Ouviña repasó el testimonio de Lewin, una de las víctimas que estuvo once meses cautiva en el centro clandestino y que señaló que allí actuaban dos hermanos apodados como “Sota y Quique” y que “Sota” había afirmado que su hermano "también trabajaba en ese lugar”.
Señaló luego el MPF que la descripción de los rasgos físicos ofrecidos por los testimonios resultó “coincidente con el aspecto del imputado al momento de los hechos". "Miriam Lewin vinculó la única fotografía del imputado de Enrique Monteverde, entre cientos de fotos, con la persona que operaba en el CCD bajo el apodo de Quique y que era hermano de Sota", sostuvo el fiscal.
Tras la exposición de la fiscalía, el abogado querellante Pablo Llonto expuso fundamentos propios y adhirió al planteo del MPF, y luego argumentó la defensa. Finalmente, el tribunal concluyó la audiencia y señaló que notificará a las partes cuando se emita el nuevo pronunciamiento.
CDD de Virrey Cevallos
La causa se centra sobre crímenes de lesa humanidad perpetrados en el centro clandestino de detención que funcionó, desde febrero de 1977 hasta marzo de 1978, en la calle Virrey Cevallos 628, 630 y 636 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El establecimiento ilegal operaba bajo la órbita de la Jefatura II Inteligencia, que a su vez dependía jerárquicamente del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea. El lugar fue ocupado por los militares entre 1976 y 1984, aunque durante el juicio se logró acreditar que hubo personas secuestradas y torturadas entre el 22 de febrero de 1977 y el 26 de marzo de 1978.
"Debe destacarse que varias de las víctimas cautivas en Virrey Cevallos, fueron interrogadas sobre atentados que afectaron a la Fuerza Aérea, de lo cual puede inferirse que en el centro clandestino de detención se desarrollaban actividades vinculadas a la contrainteligencia. En este sentido, cobra relevancia la creación del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea [en 1977], que dependía de la Jefatura II-Inteligencia y tenía entre sus funciones realizar actividades de contrainteligencia", había señalado el fiscal federal Federico Delgado, quien intervino en la instrucción de la causa, en el requerimiento de elevación a juicio.
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