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La justicia firmó la impunidad de Beraja en su estafa a los ahorristas del Banco MAyo

(28/10/21 - Delitos Económicos)-.Una vez más la justicia argentina estampó en blanco sobre negro la impùnidad de los poderosos y su predisposición a garantizar la impunidad de quienes cometen delitos económicos. En este caso Rubén Beraja, ex titular del Banco Mayo, sobre quien se probaron los delitos económicos imputados sobre los ahorristas del Banco Mayo, no obstante lo cual se permitió la caída de la causa por 'prescripción'.

Ni la la justicia clasista que cae con toda dureza sobre el padre desocupado que roba un pan para dar de comer a sus hijos, ni los medios serviles del poder fáctico levantaron la voz ante este nuevo esperpento judicial que perpetúa la impunidad de un señor que estafó a cientos de ahorristas de su banco y luego, con chicanas judiciales diversas y la aquiescencia de los jueces de turno extendió el proceso por más de viente años hasta lograr que la causa cayera.

El máximo tribunal penal federal del país avaló así una decisión tomada el 30 de diciembre de 2020 por el Tribunal Oral Federal 3, que declaró "extinguida por prescripción" la causa por el delito de asociación ilícita.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el sobreseimiento al extitular de la DAIA, Rubén Beraja, y a otros ocho imputados por "asociación ilícita" en la causa penal que los investigó desde 1998 por la quiebra del Banco Mayo, al ratificar que el delito prescribió por el paso del tiempo sin condena firme.

El máximo tribunal penal federal del país avaló así una decisión tomada el 30 de diciembre de 2020 por el Tribunal Oral Federal 3, que declaró "extinguida por prescripción" la causa por el delito de asociación ilícita, según la resolución a la que tuvo acceso Télam.

Durante el juicio oral que terminó en 2019 el fiscal Arrigo había pedido una pena de siete años de prisión para Beraja al dar por probada una maniobra defraudatoria que perjudicó a quienes eran ahorristas del Banco Mayo

"La gravedad de los hechos elucidados resulta insuficiente para legitimar la pretendida extensión del proceso en exceso de los plazos legales establecidos, máxime considerando que los hechos investigados en la presente causa datan del año 1998", sostuvo el fallo de la sala 4 de Casación firmado por Javier Carbajo, Mariano Borinsky y Angela Ledesma.

El 30 de diciembre de 2020 el Tribunal Oral Federal 3 sobreseyó a todos los acusados y declaró "extinguida por prescripción" la causa, que seguía en pie por el delito de asociación ilícita

De manera previa, el 16 de julio de 2019 ese mismo Tribunal emitió un veredicto al término de un juicio oral, en el que declaró prescriptos otros dos delitos, estafas contra la administración pública y administración fraudulenta.

En esa sentencia absolvió a Beraja y otros 12 juzgados, todos ex integrantes del directorio del banco, por el tercer delito que llegó a juicio, asociación ilícita.

El 30 de diciembre de 2020 el Tribunal Oral Federal 3 sobreseyó a todos los acusados y declaró "extinguida por prescripción" la causa, que seguía en pie por el delito de asociación ilícita

Ante la apelación del fiscal Fernando Arrigo y la querella del Banco Central, la Cámara de Casación anuló las absoluciones por asociación ilícita y ordenó dictar un nuevo fallo.

Como consecuencia de esto, el 30 de diciembre del año pasado el Tribunal declaró prescripto también este delito, una decisión que ahora confirmó Casación.

"Las demoras en el desarrollo de la investigación y el debate de la causa responden a múltiples factores que, en lo sustancial, no pueden recaer en los imputados y sus estrategias de defensa", agregó el fallo de Casación.

Durante el juicio oral que terminó en 2019 el fiscal Arrigo había pedido una pena de siete años de prisión para Beraja al dar por probada una maniobra defraudatoria que perjudicó a quienes eran ahorristas del Banco Mayo, quebrado en 1998, y al Banco Central que le había otorgado millonarios redescuentos.

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