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Juzgarán a diecinueve imputados por más de cuatrocientas víctimas de los CCD Pozo de Quilmes y Banfield

(29/03/20 - Lesa Humanidad)-.Luego de años de demoras procesales, incluyendo 5 años desde el pedido de elevación a juicio de ambas causas que resultaron unificadas para el debate oral, comenzaría en poco más de un mes el proceso contra 19 imputados -Etchecolatz y Jaime Lamont Smart, entre ellos- por los crímenes de lesa humanidad cometidos en los pozos de Quilmes y Banfield. 

La CPM realizó un importante aporte documental del archivo de la DIPPBA, con registros de más de la mitad de las víctimas. Se ventilarán casos de mujeres embarazadas, niños nacidos en cautiverio, persecución a trabajadores fabriles, víctimas del Plan Cóndor secuestrados y trasladados desde Uruguay, y la articulación entre ambos centros clandestinos de detención.

El próximo 5 de mayo comenzaría el debate oral y público por los crímenes de lesa humanidad cometidos en los pozos de Quilmes y Banfield durante la última dictadura cívico militar. A instancias del TOF 1 de La Plata -que integrarán para esta causa los jueces subrogantes Walter Venditti, Eduardo Farah y Esteban Carlos Rodríguez Eggers- se ventilarán los delitos que padecieron más de 400 víctimas en ambos centros clandestinos de detención.

Debido a gran cantidad de testimonios ofrecidos por las partes -alrededor de 400- se acordó, en la audiencia preliminar, la lectura de una síntesis del requerimiento de elevación a juicio, siempre y cuando se mencionen los nombres de todas las víctimas, se describa el rol y funcionamiento de los CCD investigados y la acusación de los delitos en el marco de un plan genocida.

Entre los 19 imputados por ambas causas, la mayoría recibió condenas en juicios anteriores con dos excepciones: el máximo responsable del Pozo de Banfield, Juan Miguel Wolk, y José María Torino, el exsecretario de Gobierno del por entonces ministro de Gobierno bonaerense, Jaime Lamont Smart.

Las víctimas desde la mirada de la DIPPBA
De acuerdo a un minucioso trabajo de reconstrucción realizado por el Programa de Investigación y Sitios de Memoria de la CPM respecto a la persecución policial sobre las víctimas del Pozo de Quilmes, de un total de 252 personas 166 se hallaban fichadas en el Fichero del Archivo de la ex-Dirección de Inteligencia. Sin embargo, muchas de las víctimas no fichadas aparecieron mencionadas en legajos que hacen referencia a su persona.

Todo el material documental relativo a las víctimas resultará de especial relevancia en el debate oral y público, tal como lo viene siendo en distintos juicios por crímenes de lesa humanidad debido a la magnitud del archivo y el carácter centralizador de la DIPPBA en el marco de la Comunidad Informativa que articuló las tareas de inteligencia durante la ejecución del plan sistemático de exterminio.

“De los legajos previos al secuestro, detención, desaparición o asesinato de la victimas los más característicos son las solicitudes de ambientales. El informe ambiental consistía en un seguimiento pormenorizado de las actividades de las personas, de los lugares que frecuentaban y de los vínculos que tenían, como también la descripción y detalle de hechos que eran requeridos desde la superioridad”, detalla el análisis sobre la documentación DIPPBA.

La propia agencia establecía los requisitos y finalidades de los ambientales: “…tiene por objeto establecer el paradero del sujeto, asegurarse de su real domicilio y determinar sus hábitos, ocupación y actividades. Asimismo, permite conocer el concepto general de que goza en el barrio o en el pueblo; (…) en conocimiento de las actividades y actuación del investigado debe recurrirse a personal del ambiente en que actúan o, a actividades vinculadas a dichos círculos y que estén en condiciones de facilitar datos”.

Entre los legajos aportados a la causa, figuran desde pedidos de captura por parte de la policía bonaerense, a seguimiento de familiares de víctimas en sus reclamos de aparición con vida, recortes periodísticos, seguimiento de personas liberadas y que seguían siendo custodiadas y vigiladas por la DIPPBA, listados de firmantes de solicitadas, entre otros tipos.

Uno de los legajos consigna el pedido formulado en 1975 a la SIDE por parte del Ministro de Economía de la Nación para que “se dispongan los medios necesarios para prevenir la acción subversiva” en ámbitos fabriles. En respuesta, la DIPPBA realiza un informe sobre activistas en los que se encuentran mencionadas varias personas que pasaron por el Pozo de Quilmes.

Estructura funcional del Pozo de Quilmes
En abril de 1976, a días del inicio de la última dictadura, el coronel Ramón Camps asumió la jefatura de la Policía bonaerense y en la reorganización de la fuerza pasó a cumplir un rol preponderante la Dirección de Investigaciones, hasta ese momento dependiente de la Dirección de Seguridad de la Policía.

Bajo la órbita de la Dirección de Investigaciones estaban las brigadas distribuidas en todo el territorio bonaerense, entre ellas la de Quilmes situada en Allison Bell y Garibaldi que funcionó como centro clandestino de detención y por el que también pasaron víctimas procedentes de Uruguay.

Cabe aclarar que el régimen militar organizó el país en un sistema escalonado de mandos, quedando el Ejército en la conducción superior de la represión y las fuerzas de seguridad en la ejecución de las órdenes.

Así, se crearon 5 zonas al mando de cada uno de los cuerpos del Ejército. La provincia de Buenos Aires quedó bajo jurisdicción de la Zona 1 a cargo del Primer Cuerpo y, a su vez, los distritos de La Plata, Matanza y Quilmes fueron subsumidos bajo la subzona 11.

Esas subzonas tenían, asimismo, distintas áreas operacionales que especificaban aún más las líneas de mando para cada ciudad o localidad, siendo que en Quilmes la responsabilidad de las decisiones recayó en el Área Operacional 111 con asiento en el Batallón Depósitos de Arsenales 601.

Este esquema de poder fue reconstruido para la causa por parte de la Comisión Provincial por la Memoria, que preserva y administra el archivo de la Dirección de Inteligencia de la Policía de Provincia de Buenos Aires, tal como se destaca en el requerimiento de elevación a juicio de la causa Brigada de Quilmes.

De acuerdo al material documental aportado por la CPM, desde el 1 de enero de 1977 la Brigada pasa a disposición de la autoridad militar, permaneciendo el personal policial para las tareas de guardia respecto a las personas allí detenidas y quedando para los militares la realización de controles y prácticas de interrogatorios.

Una de las características del juicio que comenzará el próximo 5 de mayo es la estrecha vinculación entre la Brigada de Quilmes y la de Banfield, partido de Lanús. No sólo hubo decenas de víctimas que de un centro clandestino fueron trasladadas al otro, sino también personal policial que cumplió tareas en ambos sitios.

Según explica la fiscalía en el requerimiento de elevación a juicio, “del análisis de los legajos policiales de oficiales imputados por esta Unidad por su participación en las violaciones a los

derechos humanos acaecidas en el Pozo de Quilmes durante el año 1976, y que luego aparecen trasladados a la Brigada de Lanús el 4 de marzo de 1977, se desprende que se produjo un sugestivo traslado masivo de oficiales a fin de proceder a su blanqueo administrativo para ocultar la situación de que, en realidad, seguían prestando servicios en un lugar que supuestamente no estaba a cargo de la Policía bonaerense”.

El Pozo de Banfield
Bajo el mando del Área Operacional 112, dentro de la subzona 11, zona 1 operó el Pozo de Banfield que funcionó en la intersección de las calles Siciliano y Vernet, a dos cuadras del llamado “Camino Negro”, partido de Lomas de Zamora.

En la elevación a juicio se transcriben fragmentos de testimonios de las víctimas José Eduardo y Antonio Domingo Moreno, quienes declararon en 1984 que “… fueron trasladados a la localidad de Banfield – lugar que llamaban DEPOSITO (con 2 filas de calabozo, piso de cerámica, duchas, se veían enfrente unos monoblock, se veía un campo y una ruta, que escucharon llamarla CAMINO NEGRO -, ventanal de vidrios no transparentes …”.

Tuvo la particularidad de ser no sólo un centro de alojamiento transitorio de detenidos, sino también de torturas. Los detenidos provenían de distintos destinos, no solo de la jurisdicción de la ciudad de La Plata y Zona Sur del Gran Buenos Aires, sino que también fueron alojados en sus instalaciones personas detenidas procedentes de Capital Federal y Zona Norte del conurbano, los cuales permanecían en el mismo hasta que se adoptara un temperamento definitivo sobre su destino.

“Salvo contadas excepciones, todas las personas que arribaban al Pozo eran conducidas a interrogatorios bajo tormentos como por ejemplo, vejámenes sexuales, golpes, empleo de ‘picana’, etc”, describe el requerimiento fiscal, que agrega: “… en el mismo momento del secuestro la víctima comenzaba a padecer tormentos. En efecto, el trato inhumano que se les dispensaba a las víctimas, a juicio de esta unidad, no puede ser escindido del total del iter recorrido desde el propio secuestro”.

Más de una veintena de las víctimas que se examinarán en el debate oral permanecieron en cautiverio en el Pozo de Banfield y en el de Quilmes, motivo por el cual se resolvió la unificación de ambas causas para el juzgamiento en un único debate oral y público.

De hecho, uno de los imputados que llega a juicio, el ex médico policial Jorge Antonio Bergés, estuvo abocado -de acuerdo a las constancias de las causas penales- a la atención de los detenidos en las dependencias de las divisiones de investigaciones de Quilmes y Banfield.

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