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El Gobierno postergó hasta el año que viene los pagos de la deuda

(06/04/20 - Deuda Externa)-.Un DNU dispuso el diferimiento de los pagos de intereses y amortizaciones de capital de la deuda instrumentada mediante títulos en dólares emitidos bajo ley de Argentina, hasta el 31 de diciembre de 2020.

A través del decreto de necesidad y urgencia 346/2020 publicado este domingo en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso diferir los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de la deuda pública nacional instrumentada mediante títulos en dólares emitidos bajo ley de Argentina hasta el 31 de diciembre de 2020.

La fecha podría ser anterior si así lo determina el Ministerio de Economía "considerando el grado de avance y ejecución del proceso de restauración de la sostenibilidad de la deuda pública".

Del decreto se decidió exceptuar del diferimiento a los siguientes instrumentos de deuda pública emitidos bajo ley de Argentina denominados en dólares estadounidenses:
Letras intransferibles denominadas en dólares estadounidenses en poder del Banco Central de la República Argentina, incluidas aquellas emitidas en el marco del artículo 61 de la Ley N° 27.541, y Letras suscriptas en forma directa por el 
Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentina de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

Letras emitidas en virtud del Decreto N° 668/19.

Letras del Tesoro emitidas mediante la Resolución Conjunta N° 57/19 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.

Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses emitidas mediante la Resolución Conjunta N° 17/18 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.

"Bonos Programas Gas Natural" emitidos mediante la Resolución Conjunta N° 21/19 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.

Letras del Tesoro en Garantía emitidas mediante la Resolución N° 147-E/17 del ex Ministerio de Finanzas y la Resolución Conjunta N° 32/18 de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda.

El DNU autorizó a Economía a efectuar las operaciones de administración de pasivos y canjes o reestructuraciones de los títulos cuyos pagos se difieren, con el fin de recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, la que deberá ser compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos.

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