Últimas novedades

El tribunal dio a conocer los fundamentos de la sentencia condenatoria para los ocho acusados en la causa ESMA IV

(23/04/21 - Lesa humanidad)-.El documento, que puede descargarse desde esta página, fue notificado a las partes el lunes 19 de abril, a última hora. Aborda los crímenes cometidos contra más de 800 víctimas en la ex ESMA, a los cuales califica como crímenes de lesa humanidad e imprescriptibles.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires notificó este lunes los fundamentos de la sentencia del juicio "ESMA IV", que culminó el 18 de febrero pasado con la imposición de penas para los ocho acusados -tres de prisión perpetua, cuatro a 15 años de prisión y una de seis años de prisión- por los crímenes perpetrados contra más de 800 víctimas y que tuvieron como epicentro al centro clandestino de detención que funcionó en la Escuela de Mecánica de la Armada.

La pieza, de 7047 páginas, fue notificada al fiscal federal a cargo de la Unidad Fiscal ESMA, Leonardo Filippini, y al resto de las partes a través del sistema electrónico del Poder Judicial de la Nación, LEX 100. El documento contiene las conclusiones a las que arribó el tribunal oral después de casi dos años y medio de audiencias, las cuales habían iniciado el 18 de agosto de 2018.

A lo largo de la sentencia, el TOCF N°5 vuelca los fundamentos de las condenas a prisión perpetua para el ex agente de la Policía Federal Raúl Armando Cabral, el ex personal civil del Batallón de Inteligencia 601 del Ejército Argentino, Miguel Conde, y el ex oficial de la Armada Carlos Mario Castellví; de 15 años de prisión para los ex suboficiales de la Armada Ramón Roque Zanabria, Jorge Luis Ocaranza, José Ángel Iturri y Carlos Néstor Carrillo; y de seis años de prisión para el ex conscripto de la Armada Claudio Vallejos.

En el veredicto el tribunal había declarado que los hechos objeto del proceso "son constitutivos de crímenes de lesa humanidad" y que "por ende son imprescriptibles" y decidió por mayoría, no hacer lugar al pedido que formularon algunas querellas de aplicar la figura de genocidio.

También había rechazado los planteos de las defensas en torno a la inconstitucionalidad de la ley 25.779 -que declaró la nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida-, de violación de plazo razonable y de violación de la garantía de no ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y pedidos de nulidad parcial de los alegatos de la parte acusadora.

La sentencia contiene treinta puntos en su parte dispostiva. Está firmada por el juez Daniel Horacio Obligado (presidente) y sus colegas Adriana Palliotti y Gabriela López Iñíguez, con la actuación del secretario Martín Schwab. 

Compartir:

Publicar un comentario

 
Copyright © Diario Reporte Sur.