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La fiscalía solicitó diecisiete años de prisión para dos expolicías federales por secuestro y torturas de militantes en 1975

(24/10/23 - Lesa humanidad)-.El fiscal general Teodoro Nürnberg solicitó ante el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia -que sesiona para este juicio en la Legislatura de la provincia de Chubut, en Rawson-, la imposición de la pena de 17 años de prisión para los expolicías federales Luis Horacio Coria y Jorge Norberto Lagunas por el secuestro y torturas que tuvieron como víctimas a nueve militantes entre noviembre y diciembre de 1975, como "parte de una política de exterminio de opositores". En su alegato, pronunciado el 12 de octubre pasado, el fiscal también solicitó la absolución de los expolicías José Antonio Pereyra y Pedro Pascual Cáceres.

También requirió la absolución de otros dos ex policías. El representante del MPF sostuvo los delitos deben ser considerados crímenes de lesa humanidad, pues, aunque hayan sido cometidos antes de la dictadura, “se encuentran comprendidos dentro del plan generalizado y sistemático de lucha contra la subversión, resultando sus responsables parte del engranaje que lo llevó adelante”.

Los hechos juzgados en este juicio consistieron en el secuestro de nueve personas, que -explicó el fiscal- “fueron detenidas y llevadas a la sede de la Policía Federal Argentina de Rawson, donde fueron sometidas a tormentos, tales como submarino seco [es decir, la colocación de una bolsa de nylon en las cabezas de las víctimas mientras se encontraba sentadas en sillas y esposadas con las manos detrás de su cuerpo], simulacros de fusilamiento, golpes en el cuerpo o vejaciones insuperables”. Al respecto, destacó "la coherencia" de los testimonios de las víctimas, quienes “en líneas generales coinciden en sus declaraciones (...) más allá de que haya transcurrido casi medio siglo”.

El fiscal consideró a Coria y Lagunas como coautores de los delitos de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometido con violencia y amenazas, en concurso real con aplicación de tormentos por un funcionario a los presos que guarde, agravado por ser las víctimas perseguidas políticas.

Nürnberg sostuvo que los imputados “desplegaron distintos roles y diversas funciones a través de aportes individuales, que, totalizados los unos con los otros, completaron los sucesos objeto del presente juicio”. Agregó que “los imputados no actuaban en forma individual, sino que cada uno actuaba en el marco de un plan global”. En esa línea, aseguró: “Lo cierto es que Coria y Lagunas intervenían con absoluto conocimiento de tal plan y en miras de cumplirlo”.

El fiscal recordó que ambos acusados se desempeñaban al momento de los hechos como subinspectores y que, en ese rol, “actuaban realizando diferentes actos ilícitos de acuerdo a ese plan general, a veces aplicando tormentos, a veces deteniendo, a veces allanando, de manera casi fungible”.

Ante los jueces Mario Reynaldi y Luis Giménez y la jueza Ana D'Alessio, el representante del MPF sostuvo que estos delitos deben ser considerados de lesa humanidad más allá que se hayan cometido antes de la última dictadura cívico militar. En ese sentido, argumentó que los hechos “se encuentran comprendidos dentro del plan generalizado y sistemático de lucha contra la subversión, resultando sus responsables parte del engranaje que lo llevó adelante”.

“Que los hechos que juzgamos hayan sido cometidos en la vigencia de un Estado democrático de derecho no los hace de por sí legales y legítimos; fueron cometidos por sectores de las fuerzas armadas y de seguridad con el claro propósito de ejecución de una política de exterminio de opositores, que a partir del 24 de marzo de 1976 se erigió en una embozada política de Estado”, remarcó.


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