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La justicia condenó a un ex comisario por proteger a integrantes de la barra brava de Boca Juniors

(27/02/20 - Violencia Institucional)-.Fue por decisión de la Cámara Nacional de Casación. Enrique Meta estaba a cargo de la Comisaría Nº24 y había sido encontrado responsable de enriquecimiento ilícito, cohecho, encubrimiento y destrucción de objetos destinados a servir como prueba, a cambio de dinero que luego no pudo justificar en su patrimonio.

La Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la condena de cuatro años y seis meses de prisión impuesta al ex comisario Enrique Meta. La pena había sido fijada en mayo de 2016 por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 24, tal como lo había solicitado el fiscal Santiago Vismara.

Meta estaba al frente de la comisaría Nº 24 de La Boca y fue encontrado responsable de los delitos de “enriquecimiento ilícito, cohecho, encubrimiento y destrucción de objetos destinados a servir como prueba”. En la condena, los jueces Marcelo Alvero, Cecilia Maiza y Raúl Horacio Llanos le fijaron también una inhabilitación absoluta perpetua y ordenaron el decomiso de dos inmuebles y de 120.000 pesos. También le impusieron una multa de 527.560 pesos, en línea con lo pedido por el representante del Ministerio Público Fiscal durante su alegato.

En el mismo fallo, también condenaron a un ex inspector de la División de Análisis de Eventos Deportivos de la Policía Federal Argentina, Esteban Alberto Pérez Méndez, a dos años y seis meses de prisión en suspenso por el delito de encubrimiento agravado por ser funcionario público. 

De acuerdo a la acusación, protegió a Richard William “El Uruguayo” Laluz Fernández y evitó que miembros de la División de Investigaciones de Conductas Delictivas de la PFA lo detengan, ya que tenía una orden de captura en su contra.

De acuerdo a la condena judicial, Meta no logró justificar 100 mil pesos que declaró en concepto de ahorros de su esposa (ama de casa) durante 2018. Tampoco los 210.560 pesos (equivalentes en su momento a 56 mil dólares) con los que compró un departamento en Villa Luro; los 35 mil pesos con los que adquirió un automóvil Chevrolet Corsa 0 km; y los 20 mil pesos que declaró como ahorro. Estos tres sucesos se dieron durante 2009. Por último, tampoco pudo justificar cómo consiguió los 162 mil pesos (equivalentes a 40 mil dólares) con los que compró un departamento en Liniers en 2011.

“Muchas inexactitudes en las declaraciones juradas que hemos examinado, montos que no han sido reales, o sobre cuya procedencia se incluyeron aserciones falsas, pero también hubo ocultamiento sistemático y persistente de bienes de importante valor y reciente adquisición, que no fueron incluidos en declaraciones juradas de sencilla confección; todo ello se pretendió justificar por el imputado con explicaciones que no tienen el menor sustento”, marcó el Tribunal. A esto le agregó que el comisario “actuó con plena conciencia de la imposibilidad de justificación y con la determinación de la utilización de artilugios para ello, que fueron desde el asentar información calificable por lo menos de inexacta en las declaraciones anuales hasta la lisa y llana omisión de la inclusión de otros bienes valiosos”.

La otra acusación por la que se condenó a Meta fue por haber recibido 10 mil pesos, a través de un oficial a su mando, para que no quedara asentada la detención de Richard William “El Uruguayo” Laluz Fernández el 23 de marzo de 2008 en la Comisaría 24. Esto permitía que el hombre continuara eludiendo a la justicia, ya que tenía un pedido de captura vigente ordenado por el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 49.

Por último, también se lo condenó por haber dañado dos pistolas que estaban bajo su custodia y que habían sido secuestradas a un miembro de la barra de Boca Juniors. Ello sucedió el 6 de octubre de 2008, luego de un operativo realizado el día anterior por la División Investigaciones de Conductas Delictivas, donde se detuvo a Oscar Otazú. Según un peritaje realizado por Gendarmería Nacional, las armas fueron dañadas con un alicate a cambio del pago de una suma aproximada de 150 mil pesos.

Ocultamiento de bienes de origen ilícito
Después de los fundamentos de la sentencia, las defensas de Meta y de Pérez Méndez presentaron un recurso con varios cuestionamientos, entre los que estaba la nulidad de la investigación preliminar sobre sus declaraciones y la presunta poca fundamentación en cuanto al monto de la pena impuesta. Los jueces de la Sala III Pablo Jantus y Mario Magariños consideraron que sus reclamos no alcanzaban para cuestionar al fallo y los rechazaron.

En el voto del juez Jantus, al que adhirió su colega Magariños, se resaltó que Meta no podía ampararse en el desconocimiento para completar una declaración de “sencilla confección”. “Las omisiones que se han verificado a lo largo del debate oral no pueden obedecer a un olvido o al desconocimiento, por la importancia de los bienes omitidos así como por la experiencia previa de incluir bienes de esas características en declaraciones anteriores”, indicó y agregó: “la única explicación razonable obedece a una intención de ocultamiento de los bienes en razón de su origen ilícito”.

También recordó Casación que, más allá de la condición de funcionario público de Meta, “debe considerarse como agravante su concreta posición como funcionario policial y con la alta jerarquía de ser el Comisario a cargo de toda una jurisdicción del territorio de la Capital Federal que dependía de él, con las especiales obligaciones de prevención de delitos y brindar seguridad a la población haciendo respetar la ley y las garantías propias de un Estado de Derecho”.

Resaltó que el Tribunal de juicio marcó en su sentencia que el ex comisario abusó de su cargo para realizar actos de corrupción en beneficio personal, por lo que utilizó sus altas atribuciones y las “sensibles facultades que posee la fuerza policial en la prevención de delitos” y que afectó, además, al propio Estado Argentino “que se obligó internacionalmente a luchar contra la corrupción”.

Con respecto a la protección brindada a Laluz Fernández, los jueces de Casación recordaron las imágenes captadas por una cámara de seguridad donde se observaba al barra junto al ex comisario. En la secuencia, parecen conversar y luego de que Meta le apoya la mano, Laluz Fernández sube al camión que se lo lleva detenido, situación que no quedó registrada.

Por último, Casación marcó las cuestiones que justifican la decisión del Tribunal de alejarse del mínimo de dos años de prisión previstos para este tipo de delitos. “La utilización de sus atribuciones en beneficio de la barra brava de Boca Juniors, con la sensibilidad a la seguridad pública que ello implica; la cantidad de bienes incorporados ilícitamente a su patrimonio, la prolongación en el tiempo y el elevado monto de enriquecimiento; y respecto de los otros delitos, en lugar de brindar seguridad a la población, en su beneficio personal burló la acción de uno de los poderes del sistema republicano, como lo es el poder judicial”, enumeraron.

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